1º PERTENENCIA A LAS COMISIONES Teniendo en cuenta la actual normativa del Colegio Oficial de Psicólogos, y mientras no se pongan en marcha las “Secciones”, podrán pertenecer a las Comisiones todos/as los/as colegiados y colegiadas que manifiesten interés en participar en las actividades desarrolladas por cada una de ellas. 2º INCORPORACION A LAS ACTIVIDADES DE LAS COMISIONES El período de trabajo de cada Comisión será anual y coincidirá aproximadamente con el desarrollo del año académico (Septiembre – Julio). Con objeto de no entorpecer las actividades, y sin perjuicio de lo expuesto en el punto anterior, la incorporación a las actividades de cada Comisión se producirá entre los meses de Julio y Septiembre. A partir de ese momento y hasta el final del período anual de funcionamiento, la incorporación de nuevos miembros se someterá a votación entre los/as ya pertenecientes a la Comisión correspondiente, siendo necesaria una mayoría simple para aceptar la incorporación de una persona nueva. 3º ASISTENCIA A LAS REUNIONES La asistencia a las reuniones de cada Comisión quedará registrada en las Actas de las reuniones que levantará el secretario/la secretaria de la misma. La ausencia injustificada de 3 reuniones consecutivas supondrá una pérdida de derechos que se concretará en: Pérdida del derecho de voto exclusivamente en el ámbito de la Comisión.
Pérdida de los beneficios que el reglamento de las Comisiones establezca en lo referido a asistencia a cursos.
4º CARGOS Cada Comisión contará con los siguientes cargos: Coordinador/a (representación de la Comisión en las relaciones con otras instancias del C.O.P.B. y otras Instituciones y dirección de las sesiones de trabajo).
Secretario/a (elaboración del resumen de las reuniones y gestión de los recursos de la Comisión).
Cada Comisión se autorregulará para ello, siendo la persona coordinadora, la representante y portavoz ante la Junta del C.O.P.B. 5º REUNIONES El Coordinador/a convocará a las personas que integran la Comisión a las reuniones con una semana, mínimo, de antelación.
El Secretario/la Secretaria de la Comisión levantará un acta de cada una de las reuniones. En el Resumen mencionada se recogerán los temas tratados; los acuerdos y decisiones tomadas, las asistencias e inasistencias de los miembros de la Comisión y la fecha de la siguiente reunión. El Secretario/la Secretaria de la Comisión guardará copia de cada Resumen y entregará una copia del Resumen en la Administración del C.O.P.B.
6º DERECHOS DERIVADOS POR LA PERTENENCIA A COMISIONES Las personas que integran las Comisiones contarán con derechos derivados de su participación en las mismas. Para regular la concesión de tales beneficios se atenderá a los siguientes criterios: 1.- Los cursos habrán de ser organizados por el propio C.O.P.B. 2.- Como norma, el curso se corresponderá a las actividades profesionales de las Comisiones. 3.- La Comisión asumirá el coste del curso hasta un máximo de una plaza. 4.- Al presupuestar cada curso, el C.O.P.B. incluirá el coste de una matricula por gastos de organización que cada Comisión gestionará de acuerdo a los criterios. En posible déficit causado por la subvención a un colegiado/una colegiada no se tendrá en cuenta para anular el curso. 5-. Cada Comisión determinará el grado de participación de sus miembros, los métodos y objetivos de trabajo. 6.- Cada Comisión determinará a quién de entre sus miembros le corresponderá la asistencia subvencionada. Para ello se tendrá en cuenta que la persona elegida: No haya perdido sus derechos como miembro de la Comisión.
No haya asistido a otros cursos subvencionados.
Asista regularmente a las reuniones.
7.- Los posibles desacuerdos y discrepancias serán resueltos por la Junta de Bizkaia.
7º MEMORIA Con un mes de antelación a la Junta Ordinaria la Comisión presentará una memoria anual de las actividades. |